Abierto el plazo de solicitud del Kit Digital desde el 15 de marzo para digitalizar pymes y se espera avalancha de peticiones

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Abierto el plazo de solicitud del Kit Digital desde el 15 de marzo para digitalizar pymes y se espera avalancha de peticiones

Ayer se hizo oficial con su publicación en el BOE la fecha de inicio en la que las pymes podrán solicitar el Kit Digital. Será el 15 de marzo, a partir de las 11 de la mañana y se espera una avalancha de peticiones dado el interés y la cantidad de empresas registradas ya en el programa.

El plazo para solicitar el Kit Digital permanecerá abierto durante seis meses o hasta que se agoten los fondos destinados al mismo, que en esta primera fase son de 500 millones de euros. Y esta es la clave, porque los requisitos para la concesión son sencillos y van por orden de entrada, por lo que la mayoría de pymes que quieran obtener esta ayuda, tendrán que hacerlo en los primeros días.

Según los datos de Red.es, se han registrado en el programa Kit Digital 87.000 pymes, de las que hay unas 25.000 que podrán acceder a este primer tramo de las ayudas. Por eso es imprescindible contar con los deberes hechos para hacerla solicitud cuanto antes.

Hay que tener en cuenta que las empresas reciben esta ayuda y no pueden gastarla dónde ellos quieran, sino que tienen que ir de la mano de un agente digitalizador. Hasta ahora hay ya más de 5.700 empresas que se han inscrito con el objetivo de ser agentes digitalizadores. Red.es empezará a aprobar las solicitudes a partir del día 10 de marzo.

¿Cómo solicitar el Kit Digital?

Las bases reguladoras están publicadas en el BOE, en la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre. El primer paso es registrarse en el programa Acelera Pyme y conocer el estado de digitalización de tu empresa.  Para ello es necesario realizar un test de autodiagnóstico digital.

A partir de aquí si cumplimos los requisitos, podremos, a partir del día 15 seleccionar a nuestro agente digitalizador y realizar la solicitud. Hay que tener en cuenta que las ayudas se concederán por orden de solicitud, aplicándose el régimen de concurrencia no competitiva y se ha previsto la presentación de las mismas únicamente por medios telemáticos.

¿Qué requisitos hay que cumplir para solicitar el Kit Digital?

Según lo publicado en las bases reguladoras, en su Artículo 8, que detalla los requisitos de los beneficiarios

Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a los efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas, enmarcando las categorías de microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las personas en situación de autoempleo.
Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias.
No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, y al Anexo II de la presente orden.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dichas prohibiciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
No superar el límite de ayudas de minimis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.4 de la presente orden.

También es requisito para obtener la condición de beneficiario disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.

¿A quién va dirigido el Kit Digital?

En esta primera fase las empresas a las que va dirigido el kit digital son pymes entre 10 y 49 empleados. La siguiente fase se abrirá para las micropymes, de entre 3 y nueve empleados y se espera que esté disponible la entrega de solicitudes antes del verano.

El siguiente tramo disponible será ya para los autónomos, previsiblemente en septiembre. Cada uno de los tramos tiene un presupuesto independiente. Pero la concesión por orden de solicitud obligará a ser muy ágil en la tramitación en ambos casos.

Imagen | AlphaTradeZone en Pexels

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La noticia Abierto el plazo de solicitud del Kit Digital desde el 15 de marzo para digitalizar pymes y se espera avalancha de peticiones fue publicada originalmente en Pymes y Autonomos por Carlos Roberto .

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